Sociedad por acciones simplificada (SAS)
Por Lic. Gerardo Gaxiola, Notario 167, Culiacán, Sinaloa.
La SAS es el tipo societario mercantil más reciente. Fue creada por reforma a la Ley General de Sociedades Mercantiles publicada en el Diario Oficial de la Federación del 14 de marzo de 2016, en vigor a partir del 15 de septiembre de 2016.
Se creó como alternativa para dar formalidad a MICRO EMPRESAS.
Sus principales características son las siguientes:
PUEDE SER UNIPERSONAL O UNIMEMBRE, ES DECIR, PUEDE SER CONSTITUIDA POR UNA SOLA PERSONA (sin necesidad de más socios).
SOLO PUEDE TENER COMO SOCIOS A PERSONAS FÍSICAS que cuenten con certificado de firma electrónica avanzada vigente y que no participen como socios controladores en otras sociedades.
SIEMPRE DEBE SER ADMINISTRADA POR UNO DE SUS ACCIONISTAS.
LAS RESOLUCIONES DE LA ASAMBLEA DE ACCIONISTAS PUEDEN FORMALIZARSE A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS.
SUS INGRESOS TOTALES NO PUEDEN EXCEDER DE $5 MILLONES DE PESOS AL AÑO.
NO ES REQUISITO LEGAL CONSTITUIRLA ANTE FEDATARIO PÚBLICO, …aunque se recomienda la asesoría de un notario en el proceso de constitución, el que se efectúa a través del Sistema Electrónico que opera la Secretaría de Economía.
PUEDE TRIBUTAR BAJO EL RÉGIMEN DE FLUJO DE EFECTIVO, es decir, sólo considerar ingresos gravables los efectivamente recibidos.